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06/03/2012

Las Multinacionales en América Latina y la justicia Norteamericana


por Vicente Boix


Los parecidos son asombrosos entre lo acontencido en el caso de Chevron en Ecuador y el caso del DBCP en Nicaragua (que desde hace 11 años investigo). En ambos casos:

1-Se presentan demandas en Estados Unidos.

2-Se desestiman dichas demandas por "Foro no conveniente" (FNC, en mi libro esta doctrina legal estadounidense tiene un capítulo entero). El desestimar por FNC significa que el foro más conveniente o juzgado más apropiado es el de los países de los demandantes (Ecuador y Nicaragua) aunque convenios y tratados entre estos países y USA permitirían demandar en Estados Unidos. Pero bueno, así son los estadounidenses.

3-Como no hay otra solución, los abogados demandantes presentan los casos en los países donde acaecieron los hechos (Ecuador y Nicaragua).

4-Se obtienen sentencias favorables para ecuatorianos y nicas en las cortes de sus países.

5-Las multinacionales usamericanas implicadas, se "pasan por el forro" dichas sentencias alegando que los sistemas legales en Nicaragua y Ecuador son corruptos y que todo forma parte de una gran conspiración para defraudar a las transnacionales.

6-Los demandantes, por el contrario, con una sentencia favorable obtenida en los juzgados de sus países y ante la negativa de las transnacionales en reconocerlas, dan el siguiente paso consistente en ejecutar dicho veredicto en USA, que es donde las transnacionales tienen sus bienes y pueden ser embargadas.

7-La sentencia de Chevron está en este punto. En el caso DBCP, el bufete texano Provost & Umphrey (hace años logró una victoria histórica contra las tabacaleras para un demandante que murió de cáncer) quiso ejecutar una sentencia favorable obtenida en Nicaragua, pero un juez de Florida la desestimó en 2010.

8-Sin duda para que se desestimara influyó mucho otra sentencia (muy rocambolesca sentencia diría yo) de 2009 en una corte estatal de California, en la que una jueza determinó en base a DOS CASOS presentados en dicho estado, que todos, repito, TODOS los casos del DBCP eran una conspiración para defraudar a Dole Food Company y otras transnacionales.

9-¿Quiénes eran los abogados de Dole en 2009? Pues los mismos que tiene Chevron en el caso de Ecuador que también están hablando de fraudes, estados corruptos, etc. para que los jueces norteamericanos desestimen la sentencia obtenida en Ecuador. El bufete es el mencionado en el artículo: Gibson, Dunn & Crutcher. En noviembre de 2010 y en relación con el caso de Chevron, una corte federal de Denver (Colorado) sancionó a varios abogados de la firma Gibson Dunn & Crutcher por emplear interrogatorios abusivos. Sobre la letrada de dicho bufete, Andrea Neuman, el juez Michael Hegarty indicó que utilizó en un interrogatorio “tácticas de intimidación descarada” que “caen por debajo de los estándares de la conducta profesional”.

10-Al menos en la sentencia del DBCP en 2009 en California, hay pruebas que indican que precisamente los estafadores podrían ser Dole y los abogados de Dole. En abril se publicará un artículo en "The International Journal of Occupational and Environmental Health" (que firmaré junto a la subdirectora de esta revista) en el que se desvelarán algunas claves del más que posible fraude realizado por Dole y Gibson, Dunn & Crutcher, con el único objetivo de acabar con unas demandas que iban por buen camino y que en 2007 provocaron una sentencia favorable para 6 trabajadores bananeros nicas afectados por el DBCP en detrimento de tres transnacionales de USA , entre ellas Dole. Dichas claves también están en el nuevo manuscrito de "El parque de las hamacas".

11-El caso de Bhopal es muy similar a éstos y creo que al final se logró que las sentencias obtenidas en la India no se aplicaran en USA. Este caso lo conozco menos. Sí que hubo también casos desestimados por FNC y finalmente un acuerdo extrajudicial -creo- muy desfavorable para los indios.

12-Uno de los detalles fundamentales a entender es que cuando se recurre al FNC lo que se cuestiona es la jurisdicción donde se llevará el caso. Que las empresas recurran al FNC es una muestra encubierta de su culpabilidad, porque si fueran inocentes no dudarían en enfrentar el juicio y no lo dilatarían. Pero, con el FNC se consigue alargar el proceso y la mayoría de veces los demandantes acaban abandonándolo. En los pocos casos que se han superado los obstáculos burocráticos de las transnacionales (Nicaragua y Ecuador), se pasa a la fase 2 para tumbar los procesos alegando corrupción, fraude, etc.

El caso de Ecuador empezó en 1993, se desestima en 2002 ¡aceptando Texaco la jurisdicción de Ecuador!. Hasta aquí han pasado 9 años para decidir simplemente ¡dónde realizar el juicio! Lógicamente las transnacionles juegan a que, los abogados abandonen el caso hastiados y comprometidos económicamente. Pero siguen. En 2003 se presenta demanda en Ecuador por parte de abogado inicial y otros norteamericanos y contrapartes en Ecuador (como en el DBCP). En 2010 entra en escena Gibson, Dunn & Crutcher (un año después de salirse con la suya en California en el caso DBCP). En febrero de 2011 hay una sentencia favorable a demandantes ecuatorianos en Ecuador. Anticipándose al presumible siguiente paso de ejecutar dicha sentencia en USA y saliéndose del guión previsible con fines únicamente dilatorios, rapídamente los abogados de Chevron demandan en Nueva York a los ecuatorianos con la "Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act" (RICO), que también fue empleada en el año 2004 contra demandantes nicaragüenses afectados por el DBCP. Según tengo entendido RICO es una ley federal contra el crimen organizado, se creó para combatir a la mafia y lógicamente se aplicó en estos casos para amedrentar a los demandantes. La argumentación empleada por las transnacionales en ambos casos es que, tanto ecuatorianos como nicaragüenses se organizaron para conspirar contra empresas norteamericanas y en las demandas los abogados de las compañías acusan a todo el mundo no dejando títere con cabeza.

En marzo de 2001, un juez de NY declina temporalmente la ejecución si es que los ecuatorianos optan por esa opción, basándose el juez en el proceso interpuesto por Chevron con la ley RICO. Afortunadamente en septiembre el 2º circuito da la razón a los demandantes y deja sin efecto la decisión del juez de NY. Hasta aqui han pasado 19 años y sigue la lucha legal.

Ahora supongo que habrá que esperar a las apelaciones en Ecuador, que tal vez de dilanten unos meses o años más. Si se mantiene la sentencia en Ecuador luego se ejecutará en USA. Luego a esperar a que se dilucide, si es a favor de los demandantes las compañías recurrirán en las cortes de apelaciones estatales y luego si no hay más remedio en la Corte Suprema. Digamos que harán falta unos años más.


Las Multinacionales en América Latina y la justicia Norteamericana




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