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25/02/2015

Cooperativas y Mutuales, ¡ser o no ser!


por Roberto Bertossi


Experto CoNEAU/Cooperativismo
Para poder dar una respuesta satisfactoria y productiva a todas las insuficiencias e irregularidades jurídicas que el cooperativismo/mutualismo actual presentan, ya no serán suficientes meras reformas legales sin rigor científico (está circulando un anteproyecto unitario/corporativo con la ridícula pretensión de marco jurídico federal de cooperativas y mutuales), sino transformaciones paradigmáticas, es decir, del pensamiento e ideario cooperativo/mutual que agoniza en las sombras de una lamentable declinación.
Hay que salirse de ópticas apáticas, burocráticas y mercantilistas que lo subordinan todo al capitalismo y a la administración, para poder encontrar nuevas luces y propuestas que hagan posible la emergencia de nuevos cooperativismos y mutualismos, más acordes y coherentes con las nuevas necesidades sociales.
No se trata de un deseo idealmente gestado a base de lírica y romanticismo, sino de una necesidad práctica que se presenta en la vida real como necesidad imperativa  que ineludiblemente deberemos afrontar con apuestas y estrategias; no con remiendos coyunturales, viejas recetas ni rancios refritos.
Sí, salirse pues de esta óptica unitaria/corporativa y antidemocrática sin responsabilidad social que ha transformado a asociados en meros clientes o a la ausencia de fines de lucro e intermediarios,  en francas utopías, etc.
Acentúa y agudiza este desafío, descontroladas realidades cooperativas y mutuales nefastas que, paulatinamente, vienen `extraviando` su pureza fundacional con las excusas de una imparable globalización, competitividad e innovación o exageradas rentabilidades, todas ajenas al espíritu cooperativo y mutual.
Por su parte, una loca carrera de integraciones cooperativas y mutuales (Vg., federaciones, confederaciones, mundializaciones, etc.), ha ido despersonalizando, corporativizando, mediatizando y desfidelizando los asociativismos vecinales que generaba `per se` toda auténtica Cooperativa o Mutual.
Asimismo, la educación solidaria civil  en las prácticas cooperativas y mutuales nunca estuvo asociada a la loca carrera del credencialismo, del academicismo, de autocracias, de meritocracias ni de universidades corporativas.
En efecto, la misma se sitúa al margen de demasiados saberes, conocimientos y competencias corporativas que vienen cosificando y mercantilizándolo todo, incluso,  muchas prácticas –supuestamente cooperativas o mutuales- hoy quedaron atrapadas por una competitividad salvaje e inhumana que deriva en inéditas voracidades lucrativas y usurarias, apabullantes e insaciables.
Así entonces nos urge transformar estructuras cooperativas y mutuales vetustas e ilegales por otras nuevas, desmercantilizadas, complementarias y flexibles, con eficacia para responder a necesidades e intereses humanos insatisfechos y que sean homologables definitivamente con metodologías autoproductivas; comunitaria e idóneamente autogestivas.
Desde una cabal perspectiva cooperativa y mutual, esta transformación implica un punto de inflexión de dichas estructuras. Necesariamente la misma debe traducirse en  la plena  recuperación de su credibilidad, autenticidad, legitimidad, utilidad solidaria, solvencia ética, sobriedad, atractividad y visibilidad; resumidamente, de su propia membresía.
Concomitante y convergentemente, este sector de la economía solidaria civil, no debe seguir sujeto jurídicamente a matrices antidemocráticas ni a resoluciones administrativas o a decisiones judiciales carentes de prontitud y rigor científico cooperativo.
En efecto, dicho sector económico ya necesita impostergablemente un apropiado/adecuado derecho cooperativo y mutual fundado sólo en su naturaleza jurídica propia e informado con experticia y pertinacia porque, aunque no se quisiera admitir, datos cooperativos y mutuales de la realidad contrastados con su propia esencia y pureza han quedado mayoritariamente tan descalificados como reprochables.
Causal y concomitantemente, las prácticas cooperativas y mutuales en materia de docencia, organización, funcionamiento, gestión, regulación, legislación y jurisprudencia han sido desvirtuadas por la promiscua convivencia contrapuesta entre meros decretos  de más de 40 años pasados, (Vg., Nros. 20.321/73, 20.337/73, 21.526, etc.), leyes  (Vg.: las Nros. 23.427, 26.206, etc. y nuestra propia Constitución Nacional, con su alcurnia y supremacía insuperable en términos jurídicos, administrativos, legislativos, judiciales, gerenciales, periodísticos, etc.).
De moto tal, dichas  prácticas enfrentan hoy el peor de los dilemas cooperativo y mutual en cuanto tal:  “ser o no ser”.
Ignorando lo dicho, esta propuesta o estas “bases”,  nada bueno se lograría si finalmente se hiciera ley el mamotreto de anteproyecto relacionado bajo el título falaz de marco jurídico federal para cooperativas y mutuales; en realidad, otro soliloquio politiquero sin miramientos jurídicos apropiados impulsado unitaria y corporativamente -entre gallos y medianoche-, por desinformados o tendenciosos  mandarines oficiales.






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