Introducción:
La
Cooperativa
debe servir a la sociedad y para ello, uno de sus objetivos ha de ser no solo
producir bienes y brindar servicios sino, asimilar y reproducir educación, saberes y tecnologías para
afrontar nuevos desafíos socioeconómicos que aparecen constantemente,
intentando hermanar rigor y prontitud en el diagnóstico de las cambiantes
situaciones; vivificando en definitiva una cultura solidaria a través de un
contacto permanente con las cuestiones más candentes de la realidad, los
desafíos y las inquietudes de mayor
actualidad (nutrición, educación, trabajo, vivienda, consumo, servicios
públicos –agua potable, energía, gas, transporte, cuidados ambientales, etc.).
La
educación cooperativa consiste básicamente en la adquisición del hábito de
pensar, ver, actuar y evaluar de acuerdo con los principios cooperativos y su
marco axiológico porque si no, "La
educación será ineficaz y sus esfuerzos serán estériles si no procura también
difundir un nuevo paradigma acerca del ser humano, la vida, la sociedad y la
relación con la naturaleza". (Carta
Encíclica del Santo Padre Francisco,
“Laudato si´”, sobre el cuidado
de la casa común).
El
cooperativismo ha sido parco, esquivo y poco generoso con la inversión en
educación, no obstante las previsiones pedagógicas y financieras contenidas en la Ley
23.427 y, a pesar de las gravísimas
distorsiones, bastardeos y delitos cometidos por cooperativas y mutuales o por
arteras y viles pantallas de las mismas.
Eso
mismo explica y predice un marcado absentismo cooperativo, el que por cierto,
obedece a la ausencia de consciencia plena en los cooperativistas respecto a
sus deberes y derechos cooperativos, sin perjuicio del hartazgo producido por
recurrentes defraudaciones cooperativas, aún de aquellas supuestas cooperativas
señeras, emblemáticas u otras, totalmente politizadas.
Entonces,
sin educación, sin participación, sin legitimidad, sin control interno ni
externo, podemos considerar cuasi abstracto y puro juego de palabras toda
propuesta educativa sobre valores
cooperativos: Vg., democracia,
justicia distributiva, libre membresía, integración, autonomía, independencia,
interés por la comunidad; aspectos estos
que solo podrán lograrse satisfactoriamente
a partir del momento que los asociados a una cooperativa, pueda
conocer y saber de qué se trata
cuando se habla de pertenecer a una cooperativa; cuando sepan y tengan `memoria
activa´ de cuál es el origen, el
espíritu, la organización, el funcionamiento, la perspectiva y la prospectiva
de este modo solidario e iterativo peculiar, propia de una economía solidaria
civil.
Sin
ello, cuantos remedios se propongan, no pasarán de ser meros apósitos
ortopédicos, en tanto la gran mayoría de cooperativas en su devenir,
continuaran `cojeando´, pero muchas
otras, ya habrán desaparecido.
Los
principios cooperativos son: 1) Libre
membresía; 2) Democracia cooperativa –un hombre, un voto-; 3) participación
económica de todos los asociados y justicia distributiva; 4) Autonomía e
independencia de toda injerencia política; 5) Educación, información y
capacitación; 6) Integración entre cooperativas; 7) Compromiso e interés con la
comunidad; 8) Cultura ambiental y Biodiversidad; 9) Responsabilidad social
cooperativa y, 10) Promoción y fomento de indigentes e inmigrantes, de
aborígenes, excombatientes y refugiados.
Los
mismos configuran un marco axiológico admirable pero, estas reglas rochdalianas
no pueden ofrecer –por sí mismas- más que la autenticidad formal de una cooperativa en cuanto tal.
Es
que su carácter realmente cooperativo depende principalmente de la presencia de
personas físicas con vivido espíritu cooperativo, de cooperativistas genuino
pero nunca provendrá de `cooperativas sin cooperativistas´.
Definitivamente,
una cooperativa sin cooperativistas, es decir sin mujeres, hombres y jóvenes
que cultiven la ética cooperativa traduciéndola con eficiencia en normas equitativas e igualitarias de comportamientos
solidarios, productivos y económicos, siempre será frágil y no podrá
desarrollar plenamente el importante rol
humano, económico y cultural al que históricamente fuera convocada.
Como
ciudadanos, como titulares de derechos y garantías en un Estado representativo,
republicano y federal, nos inquieta y mucho la inejecutoriedad de leyes cooperativas democráticas como la
1.420, la 16.583, la 23.427 como últimamente la de la Ley Nacional de
Educación Nº 26.206 en su artículo: “ARTÍCULO 90.- El
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo
Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del
cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza/aprendizaje y la
capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y
valores establecidos en la Ley N°
16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el
mutualismo escolar”
Nos
desasosiega un parejo desaire gubernamental, legislativo, judicial,
periodístico y académico a todo este complejo normativo, principalmente de la
ley 23.427 de creación del fondo federal para educación y capacitación
cooperativa, -con expresa y especifica afectación de fondos tributarios-, fondo
coparticipable que prescribió la
enseñanza y el financiamiento obligatorios de la cooperación en todos los
establecimientos educativos del país, leyes por lo demás a las que adhirieron
sin reparos todas las provincias argentinas desde su propia y autonómica
normativa federal.
Ahora
bien, con la nueva Constitución Nacional, (CN) de 1994, la solidaridad adquirió
características de `supremacía´ inspirando varios dispositivos e incisos magnos
de la misma -en sus nuevos derechos y
garantías-,Vg., en los artículos 14, 41, 42,
43, 75 incs. 18, 19 y cc..
Frente
a los peligros actuales que constituyen rechazos explícitos de la lógica
moderna, la hipermodernidad surge como una nueva modernidad -potenciada y
superadora-, en la que se procura renovar la defensa de los derechos del hombre
amenazados como nunca –entre otras cosas- por una apabullante red de Internet
con sus `empachos audiovisuales´, mercados ampliados más allá de toda frontera,
de toda prudencia, de todo escrúpulo, de toda pudicia; de todo humanismo.
La
conformación de este conjunto difuso ha facilitado y favorecido la
globalización de un reino virtual-financiero insaciable, ícono de la
incertidumbre y quizás, por eso mismo, este hombre apabullado, está saliendo
sin aspavientos a encontrar certezas, a
recuperar y cohesionar dignidad, identidad, progreso, límites, exigencias,
autonomía e independencia, para acceder razonable y responsablemente a
`compartir´ soberanía pero solidarizando e integrando una economía solidaria
civil a la globalización o mundialización, regulando mercados y servicios e integrando a la Sociedad Civil en
la mesa chica de la responsabilidad pública, tanto para diseñar, para gestionar
como para fiscalizar acciones, conductas, planes, programas y proyectos
educativos y económicos de interés público.
Así
pues, la educación cooperativa, solidaria e inclusiva por excelencia, ya no
debe admitir moras institucionales ni abusos del derecho, del poder ni daño por
omisión ni en cualquiera otra forma, clase y grado de manifestación.
Ciertamente
entonces, luce urgente educar para la cooperación, para la solidaridad y para
un consumo responsable, singularmente, entre las comunidades vecinales locales
y regionales.
Para
ello, esta propuesta contiene la perspectiva-prospectiva de encontrar nuevos e
ingeniosos mecanismos para la inclusión, mediante una renovada educación
cooperativa con estrategias pedagógicas productivas, propias y apropiadas,
mancomunando resiliencia y tensegridades solidarias civiles, adecuando e
integrando sus rasgos más esenciales y
caracterizantes con las nuevas
cosas de hoy.
El
derecho de asociarse con fines útiles:
El
asociativismo cooperativo se finca en la declaración, derecho y
garantía constitucional –Art. 14 y cc. CN.- de asociarse con fines
útiles, lo que en nuestra hipótesis se traduce en la reunión voluntaria de personas
con la finalidad de complementarse
mediante un proyecto común para auto suministrarse al costo, bienes y servicios a precio justo en orden a
lograr paulatinamente de este modo, su
adelanto, prosperidad y bienestar; es
decir, mejorando su propia calidad de
vida personal y familiar traducible en mejores índices del desarrollo humano.
Por
eso, toda asociación cooperativa debe ser la base de un microestado fraterno,
capaz de unir y reunir personas libres y emprendedoras para un fin económico
solidario civil determinado.
Estrategias educativas:
Para
ello nos hemos de proponer objetivos
mediatos e inmediatos, menos ambiciosos pero que están a nuestro alcance. Es
decir, sin dejar de proyectarnos en lo posible sobre el entorno local y
regional, nuestro cometido y actuación educativa debe plasmarse en un proyecto
concreto, debe centrarse prioritaria y decididamente dentro de cada cooperativa
por pequeña que fuere.
Con
esa perspectiva, tenemos todas las probabilidades de que, a medida que el
esfuerzo solidario, fraterno y mancomunado
produzca resultados positivos, sus efectos serán uniformemente
acelerados, multiplicados e imitados en el marco neutral de una mirada sin
límites a partir, Vg., nuevas
cooperativas, apadrinamientos
públicos-privados, cooperadoras,
cooperativas escolares, otros asociativismos; financiamientos y
discriminaciones tributarias positivas, etcétera.
Pero
antes de adentrarnos en el tema, hemos
de reiterar que la reforma constitucional de 1994, entre otras cosas,
constituyó un hito de vital importancia para el futuro de la educación y el
progreso en general.
Precisamente,
la mejor interpretación del inciso 19 del artículo 75 de nuestra Constitución
Nacional, no desdeña sino, implica la incorporación de la cláusula de la
educación/formación profesional,
prosperidad, crecimiento armónico federal, progreso y mucho más.
En
realidad esta cláusula fue concebida en la Constitución de 1853
tomando las ideas de Juan B. Alberdi para conducir el progreso del país
promoviendo el bienestar a partir del fomento de la educación general.
En
tal sentido -si bien no excluyente-, nos parece de la mayor importancia,
resaltar que es pacífico el reconocimiento al
cooperativismo en tanto artífice del desarrollo urbano y rural, como
también son parejas las valorizaciones constitucionales provinciales e
internacionales de esta metodología
económica solidaria civil.
Y
así, como la educación es considerada un bien público, un servicio esencial; en
cada cooperativa y desde sus propios
orígenes formales, es una exigencia indispensable y condicional, para el logro mejor de un auténtico
cooperativismo.
Para
educar en la cooperación tenemos que
adecuar/actualizar los programas formativos en su estructura, objetivos, modos, recursos
pedagógicos y destinatarios ya que, respecto de esto último, ningún estamento
ni sector cooperativo puede quedar fuera de la formación, información y
capacitación cooperativas continuas.
Entre
otros, un objetivo esencial ha de ser no solo la ilustración, calificación y cualificación para el consumo
y para los usos sino, luce fundamental una educación cooperativa vinculada con
el trabajo en los sectores primario, secundario y terciario de la economía, con
los consumos necesarios, con el crédito solidario, con el comercio justo, con la
industria nacional, con los servicios, con las tecnologías sin menoscabo de la
revolución producida en el campo de las telecomunicaciones.
Asimismo,
privilegiada atención merece la educación a los asociados en tanto
´fundadores´, e integradores de la mística cooperativa, titulares de un
proyecto y miembros insustituibles del máximo órgano democrático de poder
cooperativo, es decir: `la asamblea´.
En
este sentido, la clave del éxito para un regular funcionamiento democrático
descansa en la base, porque si los asociados cooperativos están debidamente
formados e informados sobre sus derechos y deberes democráticos, todo el
sistema cooperativo, incluso en los grados superiores de concentración o
federación, funcionará democráticamente, ya que las decisiones participadas,
deliberadas y conscientes de todos los asociados han de animar, alentar e impulsar responsablemente
las decisiones cooperativas para asegurar que la eficiencia de su ejecutoriedad
asegure la propia eficacia axiológica en cada
cooperativa, urbana y rural; todo ello sin desdeñar sanas y prudentes
alternancias.
Asimismo,
al involucrarse también a los asociados
en determinadas subfunciones y actividades cooperativas, indirectamente se ha
de lograr que se interesen, integren y complementen con el consejo de
administración en actividades secundarias, para que este último pueda
entregarse de lleno -ya más aliviado-, a lo que debe ser su primera obligación:
“La gestión eficiente de la cooperativa en cuanto empresa económica solidaria
civil”
Es
recomendable asimismo que en ninguna cooperativa falte su periódico
institucional (aún modesto de medios y como se pueda) de aparición semanal o quincenal, sin descartar por
cierto, en la medida de las posibilidades, la implementación de la propia página Web.
En
tal caso, una comisión de asociados se encargaría de la redacción y, no se
alegue la dificultad de la tarea, porque siempre se tiene a mano un buen
excooperativista con experiencia y trayectoria, un libro cooperativo para
reproducir un comentario teórico y/o
práctico e información Vg. vía Internet), resumiendo, para informar a
sus asociados sobre servicios en general, mercados, tarifas y precios que
pudieren interesarles.
Igualmente,
cuando se produjeran cambios de administradores, síndicos o gerentes, se les podría presentar en entrevistas tan
amenas y familiares como se sepa hacer, en las que el entrevistado (entrante o
saliente) desde su propio punto de vista,
exponga su programa, y/o lo realizado; autocríticas, fortalezas,
oportunidades, debilidades y posibles
`encrucijadas´ para la cooperativa.
Desde
una simple hoja hasta una moderna impresión, existe una amplia gama de
posibilidades al alcance de todo presupuesto cooperativo y, aún cabría agregar
que si la cooperativa es importante y se vale de publicidad, podría conseguir
que la tirada de la hoja, folleto, boletín
o periódico no cueste un centavo; todo ello sin perjuicio del uso de redes de correos electrónicos, de grupos WatsApp, etc.
El
periódico seria también el órgano para anuncio de los actos cooperativos:
convocatoria de asambleas, orden del día, resoluciones adoptadas, la propuesta
de nuevos servicios -con sus fundamentos, ventajas y claro modo de
financiamiento-, como otros tantos
aspectos que involucren directa o indirectamente, aspectos substanciales del
quehacer cooperativo, Vg., en materia de tarifas, tributos, cuestiones
laborales, seguros, regulatorias,
viáticos, retribuciones de consejeros, gerentes, síndicos, asesores de
la cooperativa, etc..
También
sería útil en materia de relaciones sociales e institucionales para el
interés no solo de sus asociados sino,
para toda la comunidad en su conjunto.
La
habilidad de la comisión redactora –que no es necesario que esté formada por
profesionales ni eruditos cooperativos o periodísticos-, sólo requiere
entusiasmo para hacer de tal periódico, algo ameno y esperado por los
asociados, autoridades municipales, sindicales, ONG´s, y terceros en general.
Organizar
encuestas sobre otros temas de actualidad e interés en un capítulo de `Espacio
comunicacional entre administradores y Asociados” Vg., banco de sangre, bolsa
de trabajo, VH-SIDA, contaminación ambiental,
calidad y confiabilidad de los servicios cooperativos, roperos
comunitarios, etc.
Uno
de los administradores –quizás ni siempre ni únicamente el presidente- debería
dedicar alguna hora de cada día o de cada semana para recibir asociados y
escuchar sugerencias, canalizar quejas o
reclamos como la información sobre las decisiones adoptadas, incluso,
receptando propuestas y proyectos para el tratamiento institucional
cooperativo.
Podríamos
decir así que con la adopción de estas y otras medidas afines y
complementarias, prontamente se llegaría a formar en los asociados
cooperativistas una auténtica conciencia cooperativa, y sólo entonces, la democracia cooperativa será efectiva y los
problemas que hoy obsesionan a teóricos y prácticos del sector –en tanto no
solo distorsionan el alcance y el sentido de una cooperativa sino que vienen
enriqueciendo ilícitamente a grupúsculos burocráticos mimetizados en la
misma-, habrán sido superados, airosa,
legítima e inclusivamente.
Por
cierto, la tarea propuesta no parece fácil. Es verdad, abordarla responsable e
integralmente requiere de espíritus selectos y vocaciones a prueba de fracasos.
Pero,
si hemos de sentirnos ganados de antemano por el desánimo ante dificultades o
anomalías, mejor será no constituir una nueva cooperativa o, si ya estamos
enrolados en ella, continuar conformándonos con sus decisiones mediocres,
arbitrarias, abusivas y discrecionales.
Por
eso, en tales supuestos, no nos
engañemos creyendo que servimos los altos ideales que inspiran, justifican y
tratan de servir el genuino cooperativismo como sub-sistema económico-solidario
civil ni, tampoco, de que cumplimos una democracia cooperativa la que si bien
puede ser formal y reconocida por los estatutos y por la ley, su realidad no es más que pura y lastimosa
ficción.
Consejos
Regionales para la
Educación Cooperativa:
Estos consejos deberían avocarse inicialmente
a tareas pedagógicas formativas, al menos en materia de: 1) Asociados
cooperativos; 2) Administradores y síndicos; 3) Gerentes, operarios,
administrativos y técnicos; 4) Integración entre cooperativas; 5) Desarrollos y
emprendimientos comunes; 6) Fondo solidario para asistencia y garantía
recíproca ante riesgos eventuales; 7) Asesoramientos compartidos; 8) etcéteras.
Formación
de asociados, de mujeres y de jóvenes:
Para
la formación, información, capacitación y educación de los asociados o
aspirantes a serlo, se podrían utilizar no solo las instalaciones cooperativas
sino aquellas otras áreas educativas gubernamentales o de otras organizaciones
intermedias locales o regionales.
La
formación de asociados podría también recurrir a acciones de escuela móvil
(charlas y cursos de tres o cinco días con medios audiovisuales, tele
conferencias, etc.).
La
formación cooperativa debe impulsarse también, mediante el sistema de enseñanza
a distancia a través de cursos básicos de cooperativismo (Vg. de lectura y comprensión
de estatutos, reglamentos, derechos, deberes y responsabilidades, etc.) por
correo electrónico o tradicional; todo
ello en cuatro o cinco fascículos con controles periódicos de lectura y la
elaboración de un trabajo-proyecto-propuesta final y una duración mínima de tres (3) meses.
Formación
de Administradores y Síndicos:
Esta
formación comprendería aspectos básicos
del cooperativismo tales como historia, doctrina, legislación, gestión,
regulación, normas ISO de gestión,
calidad y medio ambiente, producción, innovación, técnicas, prácticas
cooperativas; etc.
Ello
no excluye la formación cooperativa auténtica que impartan federaciones y
confederaciones del sector, cursos específicos externos, pasantías; carreras
universitarias terciarias y todo eso no solo en materia cooperativa sino, en
también en aquello convergente, siempre y cuando se integren, complementen y
logren objetivos cooperativos.
Dicha
formación podrá suministrarse interna y externamente, en ambientes públicos y
privados: Vg., espacios cooperativos, académicos, universitarios,
tecnológicos, de ONG`s, etcétera.
Formación
de gerentes, operarios, administrativos
y técnicos:
Esta
formación consistirá básicamente en aspectos históricos, doctrina,
administración, alcance y sentido de los estatutos, reglamentos
cooperativos; gestión, productividad,
competitividad, innovación, mercados,
legislación, regulación, contabilidad regulatoria, cuestiones laborales,
sindicales, tributarias, previsionales, ambientales; relaciones empresariales, públicas
e institucionales; trámites y requisitos exigidos por el nuevo organismo de
supervisión y control de legalidad federal, esto es cada Dirección de Personas
Jurídicas provincial (o delegación municipal) conforme a los artículos 142, 148
y cc. del nuevo Código Civil; procedimientos por infracciones y sanciones;
asociaciones con personas de otro carácter jurídico, alianzas estratégicas,
nuevos asociativismos, etc.
Enseñanza
básica, media, terciaria y
universitaria:
El
Sector cooperativo debe ser invitado sin demoras ni cortapisas a la
discusión, formulación y evaluación de
todo los proyectos ejecutivos o legislativos en materia de educación en general
y cooperativa en particular, y eso
mismo, en todas las instancias de poder para reivindicar su lugar y así,
consecuentemente, ocupar idónea y competentemente espacios propios, que vienen
siendo `okupados´ hasta hoy por voluntaristas, forasteros, periodistas de
actualidad e intrusos, (contratados irresponsable y “cholulamente” por gerentes
corporativos), los que generalmente ignoran hasta el origen, los principios, la
doctrina, las prácticas, la realidad y la regulación cooperativa especifica.
Cada
cooperativa o cooperativas integradas deberían entonces y en las medidas de sus
posibilidades, ir logrando o incrementando, sólidas vinculaciones con
universidades, establecimientos, escuelas e institutos cooperativos existentes,
etc.; todo ello sin perjuicio de
participar y de ser escuchados todo lo vinculantemente posible, en las comisiones
legislativas pertinentes.
Formación
de formadores, mentores e instructores
cooperativos: &l