Los
tributos argentinos son un alto precio que pagamos por vivir en una sociedad
civilizada, pero también… ¡para
recibir o disponer de bienes y
servicios públicos de excelencia!
Sobre
esa premisa y ya en plena etapa de despliegue y ejecución del algoritmo
presupuestario nacional, resulta imprescindible afrontar un profundo replanteo
de nuestra cultura tributaria con el propósito de no desbaratar una vez más, lo presupuestado para inversiones, gastos y
recursos de la administración nacional, durante este ejercicio 2017.
No
pagar impuestos, como desviar la afectación legal de los mismos, no pagar
aportes patronales/previsionales y cargas sociales en general, es abortar derechos humanos
constitucionalizados, Vg.: nutrición, salud, educación pública, agua potable y
saneamiento, ambiente sano, trabajo decente; inversión pública e
infraestructura, transparencia, justicia, seguridad, cárceles sanas y limpias (para seguridad y no para castigo de los
reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a
mortificarlos más allá de lo que aquella exija, hará responsable al juez que la
autorice); vivienda digna y jubilaciones satisfactorias; partidos
políticos, etc.; (arts. 14, 14 bis, 16,
18, 38 y cc. CN.).
Toda
evasión impositiva nos denigra como ciudadanos ya que tales conductas
delictuales, explican, predicen e incrementan desigualdades, inequidades,
insolidaridades, empobrecimientos y postergaciones; todo lo cual ha hecho de
tantísimos argentinos, habitantes de un país fuera del alcance de su ley (de
leyes).
Reluce
así claramente la imperiosa necesidad de acentuar la estrechísima relación
entre eficacia gubernamental (local, provincial y nacional), eficiencia recaudatoria
y toda carga tributaria/tarifaria, tanto como que, estas últimas, no deben ser
injustas, irrazonables ni confiscatorias, como cuando son destinadas a sostener
inconstitucionales privilegios sindicales, judiciales o jubilatorios; civiles,
religiosos y/o militares, etc.
Clara
y penosamente, nuestra cultura tributaria se encuentra lejos de estar instalada
en la sociedad argentina… ¡otra que
aletargamiento y molicie ético-contributiva!
Quienes
tienen el honor y el patriotismo de relucir registrados como contribuyentes cumplidores (Ley 27.260) -aun
cuando los crónicos incumplidores vienen siendo premiados omisiva y
oficialmente con prescripciones y/o condonaciones de deudas impositivas, manipulables moratorias y hasta ´amnistias
fiscales´-, asisten atónitos y como si resignados a otro escándalo vernáculo,
social e ilícitamente legitimado; ello no obstante el infame ataque de dichos
incumplidores al funcionamiento y financiamiento del sistema democrático cada
vez que se resisten a asumir el pago de sus impuestos en tiempo y en forma,
todo lo cual junto a otras iniquidades confirman el apotegma de Eduardo
Galeano: ¡No hay riqueza inocente cuando se nutre de alguna pobreza!
Esta
lógica perversa se vincula -entre otras
patologías tributarias malignas-, con la corrupción, con la
politización, la ineficacia e impotencia
de Vg., Afip, Anses, etc., administraciones nacionales específicas que debieron
habernos garantizado una óptima recaudación para el mejor uso y destino de los
recursos provenientes de los tributos y aportes, en beneficio público,
atendiendo a los principios de equidad, solidaridad, inclusión y desarrollo
humano.
Así
las cosas, urge reimpulsar una contundente educación tributaria mediante
mentores y formadores docentes en la materia. Recién entonces podremos
cumplimentar un noble y cabal “algoritmo presupuestario” en el
cual las exigencias impositivas resulten ecuánimes, equitativas, justas y
razonables, en tanto y consecuentemente, las conductas evasivas/elusivas, relativamente exiguas.
Eso
mismo demanda con premura una franca y operativa determinación tanto de
gobiernos como de instituciones y sociedad civil, en orden a: I) Comprender el significado ético de las
necesidades humanas, tanto como conocer los deberes y derechos cívico-ciudadanas
a que da lugar la provisión pública de bienes y servicios imprescindibles para
satisfacerlas, oportuna y dignamente; II) Reconocer y asimilar el tributo, tasa
o contribución, como pilar fundamental para el sostenimiento económico de todo
Estado democrático; III) Lograr situar la problemática de la cultura fiscal
como componente de la Formación Ética y Ciudadana; IV) Brindar a los educadores
nuevos contenidos y estrategias didácticas para abordar la Educación Fiscal; V)
Desplegar e incrementar incentivos pro contributivos, cooperativos, etc.
Finalmente,
cerrando estas breves precisiones y connotaciones, los recursos tributarios del
Estado en su relación con las necesidades públicas, son angularmente vitales e
ineludibles, atento la índole y gravitación de los derechos humanos en cuestión
y el supremo bien común.
Roberto Fermín Bertossi
Investigador CIJS / UNC *******************************************************************************************************
P.D.:
Obviamente también, nos deja azorados e invadidos por todo temblor, un cinismo
intelectual según el cual y por caso, un
joven de 16 años puede elegir, pero…
vaya vaya, ¡no puede ser electo! (para
nada); procesos electorales e institucionales amañados y corruptos, ¿fin de los
partidos políticos?, todo lo que junto a lo susodicho, hizo de nuestra Carta
Magna Magnorum… -poco menos-, como si un
catálogo de mentiras ilustres, cincelado en símil brillantina de alcurnia
constitucional. ________________________________________________________________________________******************************************************************************************************