Sumario: Introducción.-
Cooperativismo, Economía popular e Igualdad.- El mercado y la ausencia estatal
como causa de desigualdades.- Principios cooperativos.- Conclusiones y propuestas.
Introducción:
El notable incremento de desigualdades provenientes de un capitalismo ávido y sin
regulación, de crecientes brechas en la apropiación del excedente entre
capitalistas y trabajadores, de la corrupción, de extravagantes índices de
inflación, de voluntarismos políticos o tiranuelos mesiánicos de turno, de la
incapacidad e ineficiencia gubernamental, de las profundas inequidades en el
mundo del trabajo como de efectos perversos provenientes de diversas
estrategias de redistribución -entre otras causas determinantes-, conforman e
identifican un hito inequitativo insensiblemente intensificado durante las últimas
décadas como resultado de regresivas reformas tributarias que aliviaron
impositivamente los sectores más poderosos de la sociedad, desguarneciendo más
aún y simultáneamente a aquellos más vulnerables.
Más allá de ufanarnos en principios abstractos
de soberanía política, de independencia económica y de justicia social, resulta
imperativo redistribuir sin demora más y mejor porque la desigualdad es un
obstáculo para el desarrollo humano de los países y de las sociedades en
términos personales y comunitarios.
En pos de mitigar, revertir e impedir la
gestación y/o profundización de desigualdades e inequidades, resulta
imprescindible elegir y activar el mejor contrafuegos, el más eficaz en tanto traducible
y replicable mediante las mejores herramientas disponibles para la
redistribución de la riqueza.
Complementariamente y en nuestro caso, para la
gestión de necesidades, bienes e intereses comunes, hemos reparado en dos de
las mismas en tanto y en cuanto han cooperado y cooperan substancialmente en el
combate contra las desigualdades y la pobreza.
Nos referimos puntualmente al
cooperativismo en modo economía popular. Fundamental y básicamente, ambas se
nutres de la misma cultura de la satisfacción.
Cooperativismo, economía popular e Igualdad:
El cooperativismo en tanto nave
insignia de la economía solidaria civil, promueve la libre asociación de
personas y familias con necesidades e intereses comunes. Su propósito es
conformar una empresa solidaria civil –sin
intermediarios ni fines de lucro- en la cual todos sus miembros tienen
igualdad de derechos y en la que los beneficios obtenidos se reparten entre sus
asociados con justicia distributiva, ello conforme el trabajo, la producción,
los usos, los consumos u otros aportes personalizados entre cada cooperativista
con ´su cooperativa´
Claramente, tanto la autogestión como la
acción comunal son características principales distintivas que informan,
fundamentan y sostienen el auténtico cooperativismo a lo largo del tiempo, urbi et orbi´
Elementalmente, la economía popular es una
forma de organización económica, donde sus integrantes, individual, colectiva y/o
barrialmente, organizan y desarrollan solidaria e igualitariamente, procesos de
producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo de bienes y
servicios, para satisfacer sobriamente necesidades compartidas y, en lo posible, generar ingresos compartibles entre sus
adherentes activos con el firme propósito de aliviar y favorecer sus economías domésticas.
Igualdad: la misma básicamente implica y
significa que todo contrato social debe ser igual para todos en igualdad de
circunstancias, no debiéndose otorgar excepciones o privilegios que excluyan a
unos de lo que se reconoce a otros en igualdad de condiciones.
El mercado y la ausencia estatal como causa de
desigualdades.
¿Cómo evitar este
resultado?
Siguiendo los lineamientos de Mario Bunge, la
difícil dialéctica entre igualdad, libertad y fraternidad cuestiona la propia
eficacia de la solidaridad. De un mercado sin derrame como de la ausencia del
Estado, dependerá en gran medida una tragedia de los bienes comunes al ser
apropiados sectorial e injustamente.
La mejor solución es el autogobierno con la
conformación de un tribunal imparcial que resuelva racionalmente los conflictos
de intereses entre las partes. Esta es la solución que propuso Elinor Ostrom
(1990) y que le valió el Premio Nobel de economía de 2009´
Semejante autogobierno de recursos compartidos
antepone la igualdad a la libertad, lo que corrobora el principio de que la
igualdad precede a la libertad y a la solidaridad.
El que este principio sea rechazado tanto por
los autodenominados libertarios de izquierda o anarquistas como por los de
derecha o republicanos, sólo sugiere que estas ideologías no respetan los
hallazgos de la ciencia social. Tampoco los respetan los marxistas, quienes
jamás han imaginado experimentos para poner a prueba sus hipótesis, pese a lo
cual pretendieron apoderarse de la expresión: ‘socialismo científico’.
A todo ello, el dilema de libertad sin
igualdad también vale para igualdad sin libertad o para solidaridad sin
igualdad ni libertad. Esto mismo se confirma pensando experimentos en los que
un grupo de agentes sociales se sujeta por caso a solo dos de los mandamientos
de la triada “Libertad, igualdad, solidaridad.” No es casual el que esta triada sea más prestigiosa y practicable que
cualquiera de sus componentes, individualmente considerados.
Más temprano que tarde, toda libertad
sin igualdad, será precaria pudiendo extinguirse o limitarse de uno u otro
modo, directa o indirectamente.
Ahora bien, ¿qué sucede con el comunitarismo,
o el ideal de la solidaridad o responsabilidad social del individuo? En
realidad no parece practicable, ya que la práctica de la fraternidad involucra
sentimientos de hermandad, de vecindad y generosidad, que no son fáciles de
despertar ni de controlar cuando habitamos un mundo personalmente incomunicado
pero tecnológicamente harto conectado. No es casual que el comunitarismo fuese propugnado
por unos pocos filósofos idealistas como Hegel, quien también fue estatista. (Recuérdese su tesis “El Estado es la sombra
de Dios sobre la Tierra.”)
Principios
cooperativos:
Puntualmente, para entender cabalmente
el fenómeno cooperativo en general, es preciso acudir a los principios
cooperativos reformulados en Manchester en el año 1995´
Entendemos por principios cooperativos
las bases fundamentales que informan o deben informar la constitución, el
funcionamiento y la regulación de las cooperativas, en la doble concepción de éstas: como persona
jurídica privada o sujeto de derecho (art. 148 Código Civil y Comercial
Argentino) y como empresa u organizaciones de intereses comunes.
Tales principios consisten en: asociación abierta y voluntaria, gestión
democrática de los asociados, participación económica igualitaria o justicia
distributiva, autonomía e independencia, educación, entrenamiento e
información, cooperación entre cooperativas y compromiso con la comunidad o
responsabilidad social cooperativa.
Cuando los principios cooperativos son
encarnados por una masa crítica solidaria, estos se asocian con cooperativas
genuinas.
Las recomendaciones para lograr
cooperativas puras y exitosas se basan tanto en la fiel aplicación de sus principios
rectores como en la instrumentación de modelos organizativos flexibles
adaptados a cada realidad socio-económica de los asociados.
Los principios a que venimos
refiriendo, tratan de verdades o directrices, no dogmáticas, sino nacidas de la
experiencia cooperativa; inducidas de la observación y proyectadas por
deducción al mundo cooperativo en general.
No es cerrada su formulación, sino
abierta; y no utópica, sino objetiva y real, de acuerdo con las necesidades y
demandas de cada momento histórico, (1937, 1966
y 1995).
Ahora bien, habiendo consumido ya
–poco menos- un cuarto de este siglo XXI,
lo afirmado sobre el marco axiológico cooperativo vigente compuesto de
principios liminares -fruto del pragmatismo evolutivo de la realidad, cultivada
sobre las razones que fundamentan la institución-, nos obliga a efectuar un firme reclamo académico
puntual sobre la necesidad y conveniencia de una revisión de la última
reformulación de los principios cooperativos ocurrida en Manchester durante el
año 1995´, esto es, cuando ya han transcurrido veinticuatro años desde
entonces, casi 25 años profundamente revolucionarios y transformadores en
términos demográficos, genéticos, ecológicos, tecnológicos/digitales, económicos
(vg., crisis financiera mundial o gran recesión 2008/2015´, criptomonedas: Bitcoin,
Ether, Libra, etc.) tanto como en fenómenos sociales, migratorios, de usos y
consumos, de género o culturales entre los más relevantes.
Como señalamos precedentemente al
conjeturar y cavilar sobre los principios cooperativos, su establecimiento o
determinación se logra mediante el procedimiento o método sociológico de la
observación, hasta sintetizar y condensar técnicamente de “la vida” de las
cooperativas y de su régimen, aquellas notas fundamentales que les son más
típicas y connaturales.
Acotamos finalmente que nuestro reclamo
revisatorio ut supra, está fundamentado en verosímiles amenazas actuales de
vetustez e incompletud en los mismos principios cooperativos oficialmente
regentes, reiteradamente relacionados o aludidos precedentemente.
Conclusiones y
propuestas:
·
Preconclusivamente
y teniendo como norte “la noble igualdad”, sería ilusorio y contraproducente
atribuir toda la inequidad del capital humano a fenómenos de tipo
discriminatorio, o toda la debilidad de los salarios al poder monopsónico e
manos de empleadores. Si bien es indispensable identificar las redistribuciones
eficaces allí donde existen como acontece y sucede con auténticos cooperativismos
y vigorosas economías populares, a veces denunciar en cada desigualdad la marca
de una grosera ineficacia a la cual un voluntarismo algo mítico podría poner
fin, puede “disculpar” del pago de los impuestos necesarios para financiar
injustas transferencias fiscales. Estas, aunque no pueden poner fin a la
desigualdad “irreal”, al menos atenúan de manera cierta la muy real desigualdad
en las condiciones de vida de “los invisibles” privados de igualdad.
·
Pensemos
entonces junto al maestro Antonio Colomer Viadel en términos de Igualdad, la
importancia de un Estado social y democrático de derecho en el que los
ciudadanos puedan tener acceso mediante cooperativas a bienes para su consumo o
servicios eficientes de agua potable, de lactancia y nutrición, energía
eléctrica, transporte, gas, comunicaciones, además de educación, sanidad,
vivienda, etc., y que ello se haga en condiciones de costos que tiendan a la
gratuidad o, al menos, asegurar un costo mínimo para que no se continúe
produciendo la exclusión en aquellas capas sociales lindantes con la pobreza, y
por el contrario sea factor de inclusión social.
·
Pensemos cuán importante será lograrlo
mediante el incremento y empoderamiento de auténticos cooperativismos en modo
economía popular. Para ello resulta clave, esencial e ineludible el impulso de
la educación cooperativa entendida como aquella que consiste en la adquisición
del hábito de pensar, de ver, de actuar, de hacer y evaluar de acuerdo con los
principios cooperativos y su marco axiológico. También sumará asimilar y “difundir
un nuevo paradigma acerca del ser humano, la vida, la sociedad y la relación
con la naturaleza". (Carta Encíclica
del Santo Padre Francisco, “Laudato si´”, sobre el cuidado de la casa común).
·
Pensemos
al mismo tiempo, la importancia que tiene para la dignidad personal el
intervenir con un protagonismo consciente en la autogestión para la provisión de
bienes para el consumo y el suministro de los servicios esenciales desde la
perspectiva emancipatoria de dependencias e insensibles exclusiones, diluyendo hasta
abolir toda cultura del descarte.
·
Pensemos
ahora en una igualdad de oportunidades en la cual todas las personas en
cualquier territorio y bajo cualquier circunstancia, tengan posibilidades
concretas de acceder a bienes, productos y servicios esenciales, especialmente
aquellas personas que habitan zonas de difícil acceso, que tengan limitaciones
físicas, geográficas o necesidades sociales especiales.
·
Pensemos
también en los beneficios de la articulación federativa y confederativa de los
distintos sectores de la economía popular cooperativa de bienes, productos y
servicios públicos en los diferentes ámbitos territoriales, como para la mejor
vinculación de personas y oportunidades con las cooperativas de producción o de
trabajo decente asociado, de servicios, de crédito, de vivienda y de consumo.
· El fin sería crear un verdadero sector de economía solidaria civil abierto a una estrategia de afines, incorporando otras formas solidarias de organización empresarial e incluso empresas familiares, para alcanzar ese punto de masa crítica, que permitiera una cierta invulnerabilidad del sector cooperativo frente a competencias abusivas desleales, y reivindicara instrumentos de apoyo para este sector de la economía, de carácter agrario, financiero, comercial, tecnológico, de seguros, de las telecomunicaciones, de genuinos fondos de inversión y de formac