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07/02/2020

Recomendaciones cooperativas


por Roberto Bertossi


Sumario: Introducción.- Presentación.-  Doctrina Social de la iglesia (DSI).-  Un poco  de historia sobre las cooperativas. Objetivos de una auténtica cooperativa.- Conclusiones y Recomendaciones.

 

Introducción:

La ciencia cooperativa como estudio e investigación permanente de las causas demográficas, económicas, tecnológicas, ambientales y jurídicas que puedan contribuir -relacional, colaborativa y circularmente- a la evolución de un mundo posmoderno más solidario y fraterno, tanto como a la previsión de las situaciones que podrían derivarse de sus influencias conjugadas, visualiza con sus primeras aproximaciones vinculaciones e impactos que una auténtica cooperación, conlleva democracia económica, ahorro, precio justo, justicia distributiva e igualdad para la vida humana, económica doméstica y microproductiva cotidiana;  sin corrupción ni privilegios y con absoluta neutralidad (no económica) política, racial, religiosa, étnica, de nacionalidad, de género, de raza o región.   

 

Presentación:

Donde rige un sistema de empresa no estatal ni efizcamente controlado, el cooperativismo como subsistema económico caracteriza a sus empresas privadas con unos rasgos inconfundibles a saber: cultura del esfuerzo y la ayuda mutua, autogestión y acción vecinal, abolición del lucro de los intermediarios, promoción y participación de los asociados, identidad entre estos últimos como autoprestadores, usuarios y consumidores; y, como consecuencia de esos rasgos personalistas irrenunciables, reluce también una retribución limitada al capital, capital que en una cooperativa está al servicio de cada persona asociada a la misma.    

 

Doctrina Social de la Iglesia (DSI)

El Papa Juan XXIII llamó la atención a la necesidad de "emplear medios eficaces para que las desigualdades económico-sociales no aumenten, sino que se atenúen... y una de las formas más deseables consiste en hacer que los trabajadores puedan venir a participar en la propiedad de las mismas empresas."

“El mayor esfuerzo para combatir las desigualdades y la "nueva esclavitud" que padece el mundo moderno, merece largamente dar a los trabajadores que contribuyen a la creación de la riqueza una participación en la misma”

“Para aliviar y eliminar el aumento de la desigualdad, es necesario que en la riqueza que se vaya creando participen los trabajadores que han contribuido a su creación, y para eso es necesario hacerlos codueños de la empresa”

El salario justo y la participación en las utilidades dan al trabajador una retribución adecuada para asegurar su futuro progreso y evitar su empobrecimiento relativo” todo lo cual tuvo valoración constitucional argentina, (art. 14 y1 14 bis, CN.)        

Un poco de historia sobre las cooperativas : 

Uno de los primeros intentos de los trabajadores para defenderse de los abusos del liberalismo, fue la creación por los mismos de una empresa cooperativa. En 1844 en Rochdale, Inglaterra, los pioneros de esta Economía Solidaria Civil instrumentaron la primera cooperativa formal de consumo, buscando en la unión de consumidores con escasos recursos, una forma solidaria para obtener mejores precios (precio justo), mejor calidad y más equidad en sus condiciones de compras y consumos asociados.

Los excedentes así obtenidos se repartían en proporción al volumen de compras de cada uno, cada miembro tenía un voto, para que todos gozaran de igualdad en el gobierno democrático de la cooperativa. Además se promovía la sobriedad, el bienestar y la educación de todos.

Con gran rapidez el sistema cooperativo se extendió urbe et urbi. También se adaptó a muchas otras actividades, apareciendo las de trabajo asociado, ahorro y crédito, agropecuarias, de seguros, transporte, etc. Las industriales, en las que los trabajadores son los dueños de la empresa, tienen su mejor exponente en Mondragón. España.

También ya 20 años atrás, en la edición de enero-febrero de 1999 del Magazine del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se describe el éxito de Coopeagropal R.L. de Costa Rica como una de las cinco empresas más rentables del país con ventas de más de $20 millones anuales.

En la región de Coto Sur, en la frontera con Panamá, un desastre en las plantaciones bananeras amenazaba con una pobreza extrema a la población agrícola. Con la ayuda del BID se introdujo el cultivo de cocoa y de la palma africana de aceite, así como una planta para procesar la producción del aceite. Se les dio título de propiedad a los agricultores, y la cooperativa aumentó el número de miembros de 60 a 435. Además del éxito empresarial, Coopeagropal ha transformado la vida de los residentes de Coto Sur, que hace unos años vivían en un completo estado de pobreza, y hoy gozan de propiedad, crédito, educación, buenas condiciones de vida, autoestima y corresponsabilidad.

 

El Papa Juan Pablo II señaló con satisfacción los logros y beneficios de las cooperativas en promover la enseñanza pública, la formación profesional, y la experimentación de diversas formas de producción y participación en la vida de la empresa, todo lo cual fue sumando más equidad e igualdad en la sociedad civil.  

 

Beneficios de las cooperativas :

Las cooperativas sirven para resolver dificultades, atemperar y reducir desigualdades, introducir la democracia económica, la solidaridad y aportes substanciales al bien común.

Sirven a los pequeños agricultores para alquilar o compras tierras y maquinarias asociativamente, igualmente para comprar abono, semillas, insecticidas y equipos de calidad a mejores precios y condiciones así como venderlos más óptimamente (que haciéndolo aislada e individualmente) llevándolos al mercado o industrializándolos, como por ejemplo pasteurizando la leche y procesándola en quesos, yogures y manteca.

Sirvieron para evitar el fracaso de una reforma agraria, cuando después de repartir la tierra en pequeños lotes a los agricultores, no se les facilitó equipos, créditos, conocimientos técnicos y demás ayudas que pueden prestarse por las cooperativas; (No se debe dejar trascurrir el tiempo en vano. El Grande Jubileo del 2000, proclamado por el Santo Padre Juan Pablo II para conmemorar el Único Salvador Jesucristo, fue una llamada alta y comprometedora a una conversión, también en el plano social y político, que restablezca el derecho de los pobres y de los excluidos a gozar de la tierra y de sus bienes que el Señor ha dado a todos y a cada uno de sus hijos e hijas).

Sirven para asegurar a sus miembros contra riesgos que les resultarían muy caros, sino imposible, de satisfacer individualmente.

 

Sirven para evitar el desempleo en el caso de empresas llamadas a desaparecer, mediante el rescate y adquisición de la misma por los trabajadores organizándose en forma cooperativa; lo que entre nosotros ha dado en llamarse Movimiento de Empresas Recuperadas Cooperativamente por sus Trabajadores.

 

Objetivos de las cooperativas :

Los objetivos del cooperativismo, expresados prácticamente en sus principios, encuadrados y abrevando en los de la Doctrina Social de la Iglesia son:

            *  Conceder y facilitar el acceso a Derechos.               

            * Educar en Deberes, usos y consumos responsables.

* Alcanzar la democracia económica solidaria en pos de “Economías morales”.

* Cambiar el espíritu de lucro individual por el de solidaridad.

* Poner al alcance de todos la oportunidad de participar en la economía, simplificadamente.

* No legitimar desigualdades, corrupción ni privilegios. 

* Fomentar la educación, no solo de sus miembros, sino de toda la sociedad civil circundante, urbana y rural; alentando e incentivando la reciprocidad mutual serial.

* Promover la dignidad humana en un ambiente regido por normas éticas y morales.  

* Fomentar una Cultura ambiental, responsable y sustentable.   

 

Según los HECHOS DE LOS APOSTOLES, “La multitud de los creyentes tenía un solo corazón y una sola alma y nadie consideraba suyo lo que poseía, sino que tenían todas las cosas en común. No había entre ellos ningún necesitado porque los que eran dueños de campos o casas los vendían, llevaban el precio de la venta, lo ponían a los pies de los apóstoles y se repartía a cada uno según su necesidad” (Hechos 4, 32-36).      

  

Conclusiones y Recomendaciones:

1)      Cuando crecen exorbitante y negativamente las asimetrías entre la evolución material tecnológica respecto de una clara involución de la ética, de la sobriedad y de la corresponsabilidad socio-ambiental, con grave desmedro para estas últimas, reubicar digna y satisfactoriamente -sin solidaridad cooperativa-  a toda la sociedad humana en una nueva economía, tecnológicamente disruptiva, claramente resultará utópico.

2) En términos de afiatar y solidarizar más fraternalmente nuestra sociedad en sus viejas y nuevas relaciones interpersonales, lo importante y urgente es sujetar  a cada “cooperativa” (existente o nueva) dentro de un marco jurídico democrático, apropiadamente adecuado sin ambigüedades ni “tertium medius”.  Para ello es urgente y necesario no solo abrogar el vetusto decreto de facto 20.337/73 (atónitamente aún vigente en la materia) sino subordinar fictamente cada  cooperativa, en tanto persona jurídica privada,  al imperio de  los artículos 148, 141, 142, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167 siguientes y concordantes del nuevo Código Civil y Comercial Argentino, (CCC, Ley 26.994).

3)      Sin demora, emanciparíamos a las cooperativas de esa atmosfera burocrática artificial carente de juridicidad configurada hoy por la “jaula de hierro”( Max Weber)  de la Administración pública a través del unitario y centralista Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES); ello sin perjuicio de “liberarlas” también de aplicaciones normativas supletorias (insolidarias e impropias) como son las del derecho y de las sociedades comerciales (precisamente con esencial fines de lucro);

4)      Por la madurez, seriedad y proyección a que aspiran nuestras cooperativas dentro de un mercado ultra competitivo no solo a nivel nacional o regional, sino también internacional, calificamos, denunciamos  y reclamamos como urgente, un nuevo enmarque jurídico de las cooperativas argentinas a los dispositivos relacionados del CCC.

5)      En efecto, la ampliación de mercados, el apabullante adelanto tecnológico, la cambiante demanda de productos, bienes, servicios como soluciones de comercio electrónico ShoWare o programas de computación software, las criptomonedas como nuevos medios de pago, etc., todo conforme nuevos gustos, usos, hábitos o preferencias, colisionan con la tradicional empresa cooperativa enraizada en el esfuerzo físico de sus asociados, o en los productos aportados y consumidos habitualmente sólo entre los mismos.

6)      Una dinámica y estratégica reorientación de la empresa cooperativa no tolera un simplista condicionamiento reducido a los intereses del grupo preasociativo promotor (carente otrora de elementales prospectivas demográficas, ambientales y tecnológicas). En efecto, la misma hoy requiere  de redes, instalaciones y equipos que los nuevos desarrollos tecnológicos han logrado en materia de producción, industrialización, digitalización  y comercialización, como también de personal técnicamente competente y altamente profesionalizado para una nueva gestión, siempre en constante actualización y asimilación en el marco de este nuevo megacentro de concurrencia en los nuevos mercados tanto como de los contextos, escenarios y circunstancias en que se desenvuelve cada uno y  cada cual de sus actores, protagonistas y aspirantes.    

7)      Claramente por estos días, cobra relevancia la necesidad de resolver los principales problemas y desafíos cooperativos en orden a la eficacia de gestión tanto como a conservar su aporte solidario civil secular y equitativo al bienestar general.   

8)      Identificamos  como prioritarios ´desafíos cooperativos´ relevantes a resolver, atento su índole y gravitación:   1) La profesionalización de la gestión; 2) Financiamiento:  creación e incremento de fuentes de recursos genuinos propios y   mixtos; 3) Mejoramiento en las garantías para asociados y terceros; 4) Activar las vertientes empresariales, tecnológicas y de formación cooperativas; 5) Readecuar la regulación para las cooperativas de servicios públicos; 6) Impulsar alianzas estratégicas e inteligencia de mercados; 7) Lograr un merecido tratamiento tributario, crediticio, arancelario y sobre derechos de exportación, con discriminaciones positivas acorde a la peculiar naturaleza y características de una autentica y genuina cooperativa;  8) Plasmar una nueva ley de cooperativas, democrática y federal.    

9)      Específicamente respecto del financiamiento, si la aportación al capital de la cooperativa y la contraprestación de cada asociado hubiera de acomodarse solamente a los más débiles, la propia cooperativa resentirá esa debilidad patrimonial en perjuicio de la finalidad que justifica la creación de la misma. Por ende, un escalonamiento de las corresponsabilidades financieras y de las aportaciones de los asociados, posibilitaría una relativa paridad proporcional e igualdad de trato entre los mismos.

Ahora bien, ¿hasta qué punto están dispuestos los asociados cooperativos a enfrentarse con el riesgo empresarial? He aquí la cuestión clave que ha de orientar la validez de los principios cooperativistas, cuando la empresa cooperativa mire a los mismos –trabajadores, emprendedores, agricultores, usuarios, consumidores, profesionales






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