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26/05/2026

Unión Iberoamericana... ¡un eslabón decisivo!


por Roberto Bertossi


Roberto Bertossi

El Acuerdo provisional de Comercio entre la Unión Europea y el Mercosur suscripto este 1° de mayo de 2026,  encarna e institucionaliza antiguos y loables anhelos convergentes de reciprocidades e incentivos concretos, demarcando precisa y auspiciosamente sin bravuconadas ni despotismos, una zona de libre comercio al atemperar substancialmente aranceles (92% de las exportaciones del bloque sudamericano y el 91% de las exportaciones europeas), jalonando y vertebrando históricamente, cual acontecimiento comunitario y logro comercial iniciático de ambas regiones, las que necesitan y aspiran otros afines y complementarios, respetando e integrando razas, etnias, ideologías, religiones; homologando y horizontalizando nacionalidades en una "Supra condición y condicionalidad integradora y democrática con más justicia social" 

Este suceso iberoamericano confirmó satisfactoriamente la esperanza, proyectos y propuestas de enormes pensadores y protagonistas mundiales de la talla de Aldo Moro (Italia) o de Antonio Colomer Viadel (Valencia/España) respecto a que, pese a todos los obstáculos, aún podía germinar en el siglo XXI el proyecto regenerador e ilusionante de la Unidad – Unión Iberoamericana-.

Puntos clave del tratado

  • Desgravación arancelaria: La Unión Europea eliminó sus aranceles para el 92% de los productos del Mercosur, otorgando acceso preferencial (vía cuotas) para otro 7,5%. A su vez, el Mercosur eliminará progresivamente sus aranceles para el 93% de las exportaciones europeas.
  • Implementación provisional: Tras su firma oficial en Asunción/Paraguay el mes de enero de 2026, el acuerdo ya se está aplicando de manera interina, lo que permite operar bajo las nuevas reglas mientras se aguarda la ratificación definitiva por parte del Parlamento Europeo y los Congresos nacionales.
  • Acumulación de origen: Las normas permiten la integración de cadenas de valor birregionales y conservan herramientas como la admisión temporaria y el draw-back.
  • Normas de certificación: El Mercosur cuenta con un período de transición de tres años (prorrogable por dos más) para mantener el formato actual del Certificado de Origen.

Oportunidades y financiamiento

Para mitigar el impacto en sectores potencialmente vulnerables durante la transición, ambas regiones desarrollan un paquete de cooperación de hasta 1.800 millones de euros. Esto busca fortalecer a las comunidades locales y a los productores agrícolas familiares.

Cooperativas, pequeñas y medianas empresas :

En su artículo 14, dicho acuerdo ha establecido:  14.1 Principios generales 1. Las Partes reconocen que las PYMES, que incluyen microempresas, pequeñas y medianas empresas y empresarios, contribuyen significativamente al comercio, el crecimiento económico, el empleo y la innovación. Las Partes afirman su intención de apoyar el crecimiento y el desarrollo de las PYMES mejorando su capacidad para participar en las oportunidades creadas por el presente Acuerdo y beneficiarse de ellas.  

Este histórico acuerdo comercial y de asociación entre el Mercosur y la Unión Europea (UE) que -reitero- entró en vigor provisionalmente el 1 de mayo de 2026´-, conforma la zona de libre comercio más grande del mundo y abarca tanto el pilar de cooperación política como el de comercio e inversiones con perspectiva y aplicación cooperativa.

A continuación se detallan sus características claves:

1. Eliminación y reducción de aranceles

  • Para el Mercosur: La UE elimina los aranceles para el (92 %) de las exportaciones del bloque sudamericano y otorga acceso preferencial (mediante cuotas) para otro (7,5 %). Esto beneficia especialmente a los sectores agroindustriales de países como Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay.
  • Para la Unión Europea: El tratado elimina los gravámenes para el (91 %) de las exportaciones europeas hacia Sudamérica. Los mayores beneficios en general los concentran las industrias automotriz, ingeniería mecánica y química. 

2. Cronograma de desgravación

El proceso de eliminación arancelaria es gradual y asimétrico, teniendo en cuenta las diferencias estructurales entre ambas regiones: 

  • La Unión Europea: Aplicará la mitad del arancel promedio actual en los primeros 4 años tras la entrada en vigor.
  • El Mercosur: Reducirá su arancel promedio a la mitad de forma más gradual, a lo largo de un período de 9 años.

3. Perspectivas y marco legal :

  • Situación judicial: El acuerdo se encuentra bajo la supervisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), y su ratificación final todavía requiere la aprobación del Parlamento Europeo y de los parlamentos de los 27 Estados miembros de la UE.
  • Contexto geopolítico: El tratado es impulsado por la necesidad de ambas partes de diversificar sus mercados frente a una acechante influencia comercial de China y las políticas arancelarias restrictivas caprichosamente impuestas por Estados Unidos.

 






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